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Cataluña: nacionalidad, independencia y Ley

En Cataluña/Elecciones 27S/España por

Parece que el presidente Rajoy no tiene nada claro qué pasaría con la nacionalidad de los catalanes si finalmente ocurriera una hipotética independencia, como ha quedado patente en su entrevista con el periodista Carlos Alsina en Onda Cero.

[pueden escucharla íntegra en Onda Cero ]

Pues bien, nosotros vamos a explicar qué pasaría con la nacionalidad de los catalanes en el muy improbable caso de que Cataluña consiguiera declararse y mantenerse independiente –muy improbable pues, recordemos, es inconstitucional y antidemocrático y solo podría llegar a ocurrir si una amplia mayoría los españoles respaldase una reforma agravada de la constitución (con su artículo 168) que lo permitiera (a día de hoy inconcebible) o si por cobardía se diera la combinación de que el gobierno se negase a aplicar el artículo 155 de la Constitución, nuestras fuerzas armadas se negasen a aplicar el 8.1 y el conjunto de los españoles se negasen a cumplir el deber recogido en el artículo 30.1, dejando por los suelos nuestro Estado de Derecho, y en papel mojado nuestra Constitución–.

Pero pongámonos en la ficticia situación de que esto llegara a ocurrir. ¿Perderían los catalanes la nacionalidad española o la ciudadanía europea en caso de independencia como planteaba Rajoy? La respuesta es un rotundo NO.

Y para explicar por qué, volvemos una vez más a la Constitución, que en su artículo 11.2 establece que “ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.” La definición de españoles de origen la encontramos en el artículo 17.1 del Código Civil:

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Sin reformar la Constitución y/o el Código Civil nadie podría privar a los catalanes de la nacionalidad española, pues han nacido en España de padre y madre españoles. De hecho, el catalán más independentista y antiespañol no solo podría mantenerla sino que podría incluso pasársela a sus descendientes con todo el respaldo de la ley siempre que no renunciase voluntariamente a ella.

¿Y, quién iba a renunciar voluntariamente a uno de los pasaportes que más puertas abren del mundo, además de otorgar la preciada ciudadanía europea? Ciudadanía europea que, según el artículo 20 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, va ligada a la nacionalidad de cualquier Estado miembro como muy bien explicó Carlos Alsina, y da derecho, entre otras cosas, a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros.

 

Como se puede ver en la parte superior de nuestro pasaporte, si eres ciudadano español, eres ciudadano europeo. Por tanto, esto tampoco lo perderían los catalanes, y el catalán más independentista y antiespañol podría salir de su (hipotética) Cataluña independiente para ir de vacaciones a Madrid, a Bruselas o a Londres sin que nadie pudiera impedírselo (siempre que no renunciase voluntariamente a su nacionalidad española, y con ella, a su ciudadanía europea)

Hasta hace unos años, quien adquiría voluntariamente la nacionalidad de otro país con el que España no tuviera un acuerdo de doble nacionalidad, estaba renunciando a la española, como se afanaban en argumentar numerosos militantes de Nuevas Generaciones en las redes sociales con esta imagen:

codigo civil

Sin embargo, tanto ellos como el presidenteRajoy olvidan que la reforma del Código Civil de 2002 añadió al artículo 24.1 que los interesados podrán evitar la pérdida si declarasen en el Registro Civil su voluntad de conservar la nacionalidad española, como también mencionó el periodista Carlos Alsina.

art24cc

Es curioso que Mariano Rajoy no recuerde esta importantísima modificación, introducida por el gobierno del PP de José María Aznar del que el propio Rajoy era ministro y vicepresidente primero.

Queda claro que frente a una hipotética (y muy improbable) independencia los catalanes podrán mantener su nacionalidad española y su ciudadanía europea, bien por sí sola o bien junto a la hipotética nacionalidad catalana. En caso de independencia unilateral, si España no reconociera a Cataluña como Estado independiente la adopción de la nacionalidad catalana no desencadenaría la pérdida de nacionalidad española del artículo 24 del Código Civil y si tras una reforma constitucional España reconociera a Cataluña, los catalanes que hubiesen adquirido esa nacionalidad podrían mantener su nacionalidad española si comunicasen su deseo al Registro Civil.

Es triste que el presidente del gobierno salga en la radio con el discurso del miedo como única arma para frenar el independentismo, pero más triste aún es que lo haga sin tener nada claro de qué está hablando. Flaco favor le ha hecho a España. Y los catalanes pueden estar tranquilos, haya independencia o no la haya podrán seguir siendo catalanes y españoles si así lo desean.

(@jorhbar) Felizmente graduado en Administración y Dirección de Empresas, ahora terminando de estudiar Derecho en IE University. Apasionado de la vida, de la política y del debate. Castellanoleonés viviendo en Madrid, con un toque internacional. Amante de la libertad y del progreso, no pierdo oportunidad de compartir mis ideas y ponerlas a prueba para aprender de los demás.

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